FESTIVOS DE CONVENIO / MES DE DICIEMBRE

       Los trabajadores que presten sus servicios en las empresas a las que le son de aplicación los siguientes Convenios Colectivos, disfrutarán de descanso, que se computará como de tiempo efectivo de trabajo, abonable y no recuperable.

Convenio Colectivo Días
Almacenistas de Madera de la provincia de Pontevedra 7, 24 y 31 de diciembre
Carpintería, Ebanistería y Actividades Afines de Pontevedra 7, 24 y 31 de diciembre
Comercio Material Construcción 24 y 31 de diciembre
Industrias de Metal sin convenio propio de Pontevedra 24 y 31 de diciembre
Industrias Siderometalúrgicas de Toledo 24 y 31 de diciembre
Construcción de Pontevedra 7, 24 y 31 de diciembre
Comercio Mayor Productos Químicos 24 y 31 de diciembre
Comercio Elementos del Metal de Ourense 24 y 31 de diciembre
Comercio Materiales de Construcción Pontevedra 24 y 31 de diciembre
*Limpieza Edificios y Locales 24 y 31 de diciembre
Mármoles y Piedras 7, 24, 26 y 31 de diciembre
Rematantes y Aserraderos de Madera 7, 24 y 31 de diciembre
Agencias de Viajes 24 y 31 de diciembre
Oficinas y despachos de pontevedra 24 y 31 de diciembre

  

*El artículo 5 del Convenio Colectivo de Limpieza de Edificios y Locales de la provincia de Pontevedra establece que, aquellos trabajadores para los cuales esos días no sean laborables, los disfrutarán en las fechas que acuerden entre empresario y trabajador. Si los días 24 y 31 de diciembre fuesen domingo, los días se podrán disfrutar en otra época del año a fijar por acuerdo entre la empresa y el trabajador.

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