REGISTRO DE LA JORNADA DE TRABAJO
Queremos recordarles una vez más, la obligatoriedad por parte de las empresas de crear registros de entrada y salida de cada trabajador, que entró en vigor el pasado 12 de mayo de 2019.
En la norma no se concreta la forma de realizar dicho registro, pero sí, que la empresa tendrá que conservar los registros durante cuatro años. Incumplir esta obligación será una infracción grave que supondrá una multa de 206 a 6.250 euros.