FESTIVOS DE CONVENIO / MES DE DICIEMBRE
Los trabajadores que presten sus servicios en las empresas a las que le son de aplicación los siguientes Convenios Colectivos, disfrutarán de descanso, que se computará como de tiempo efectivo de trabajo, abonable y no recuperable.
| Convenio Colectivo | Días |
| Empresas de publicidad | 24 y 31 de diciembre |
| Empresas de ingeniería | 24 y 31 de diciembre |
| Industrias de Metal sin convenio propio de Pontevedra | 24 y 31 de diciembre |
| Industrias Siderometalúrgicas de Toledo | 24 y 31 de diciembre |
| Construcción de Pontevedra | 9, 23 y 30 de diciembre |
| Comercio Mayor Productos Químicos | 24 y 31 de diciembre |
| Jardinería | 24 y 31 de diciembre |
| *Limpieza Edificios y Locales | 24 y 31 de diciembre |
| Mármoles y Piedras | 9, 23 y 30 de diciembre |
| Rematantes y Aserraderos de Madera | 5, 7 y 9 de diciembre |
| Oficinas y Despachos de la provincia de Pontevedra | 24 y 31 de diciembre |
| Colegio Oficial de Enfermería de Pontevedra | 24 y 31 de diciembre |
| Carpintería, ebanistería y actividades afines | 9, 23 y 30 de diciembre |
*El artículo 5 del Convenio Colectivo de Limpieza de Edificios y Locales de la provincia de Pontevedra establece que, aquellos trabajadores para los cuales esos días no sean laborables, los disfrutarán en las fechas que acuerden entre empresario y trabajador.



