FESTIVOS
FESTIVOS LOCALES
A Consellería de Empleo, Comercio y Emigración, a través de Resolución de 6 de noviembre de 2024, de la Secretaría General de Empleo y Relaciones Laborales, por la que se da publicidad a las fiestas laborales de carácter local para el año 2025, correspondientes a los ayuntamientos de las cuatro provincias de la Comunidad Autónoma de Galicia, establece como festivos en Vigo, considerando retribuidos y no recuperables, los siguientes días:
- 4 de marzo (martes) / Martes de Carnaval.
- 28 de marzo (viernes) / Fiesta de la Reconquista.
FESTIVOS DE CONVENIO / MARZO
Los trabajadores que presten sus servicios en las empresas a las que le son de aplicación los siguientes Convenios Colectivos, disfrutarán de descanso, que se computará como de tiempo efectivo de trabajo, abonable y no recuperable.
Convenio | Día |
Carpintería, Ebanistería y Actividades afines de Pontevedra | Lunes 3 y martes 4* |
Mármoles y piedras | Lunes 3 y martes 4 |
Almacenistas de Madera provincia Pontevedra | Lunes 3 y martes 4* |
Rematantes y Aserradores de Madera | Lunes 3 y martes 4* |
Construcción para la provincia de Pontevedra | Lunes 3 y martes 4* |
*En los ayuntamientos donde la festividad local coincida con un día no laborable o festivo de convenio, éste se trasladará al día inmediatamente siguiente. De este modo, será día no laborable el 5 de marzo en los ayuntamientos de Gondomar, Illa de Arousa, Pazos de Borbén, O Rosal, Salceda de Caselas, Tomiño, Tui, Vigo y Vilaboa.