Sentencia del Tribunal Supremo Derecho al plus de festivos a empleados contratados solo para fines de semana

El Tribunal Supremo ha fallado a favor de una trabajadora contratada a tiempo parcial para prestar servicios exclusivamente los sábados, domingos y festivos, reconociéndole el derecho a percibir el plus establecido en el convenio colectivo de aplicación por trabajar esos días, estableciendo que la exclusión de este convenio del plus por festivos constituye una vulneración del derecho a la igualdad reconocido en el artículo 14 de la Constitución.

Argumenta el Alto Tribunal que no puede haber un trato desigual entre trabajadores que realizan tareas idénticas en condiciones similares, aunque hubieran sido contratados exclusivamente para cubrir festivos, ya que el convenio no excluye expresamente a estos empleados del derecho a dicho complemento salarial, reconociéndolo para todo el personal que trabaje en domingos y festivos.

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