SECTOR COMERCIO / APERTURA EN DOMINGO / JULIO DE 2020
La Consellería de Economía, Empleo e Industria, publicó el pasado viernes, 11 de octubre de 2019, en el Diario Oficial de Galicia, la Orden de 4 de octubre de 2019, por la que se establecen los domingos en los que se autoriza la apertura de establecimientos comerciales durante el año 2020, así para el mes de julio, podrán permanecer abiertos al público:
- Domingo, 5 de julio de 2020.
FESTIVOS
FESTIVO AUTONÓMICO
La Consellería de Economía, Emprego e Industria, publicó en fecha 15 de noviembre de 2019, a través del Diario Oficial de Galicia N.º 220, Decreto 81/2019, de 27 de junio, por el que se determina el calendario laboral para el año 2020 en la Comunidad Autónoma de Galicia, considerando retribuido y no recuperable, el próximo día:
- 25 de julio (sábado) / Santiago Apóstol - Día Nacional de Galicia
FESTIVOS DE CONVENIO / MES DE JULIO
Los trabajadores que presten servicios en las empresas a las que le son de aplicación los siguientes Convenios Colectivos, disfrutarán los días señalados de descanso, que se computarán como de tiempo efectivo de trabajo, abonable y no recuperable.
CONVENIO COLECTIVO | DÍA |
Agencias marítimas | 16 |
Carpintería, ebanistería y actividades afines | 24 |
Construcción de la provincia de Pontevedra | 24 |
Mármoles y piedras | 24 |
Rematantes y aserradores de madera | 24 y 27 |
Almacenistas de madera | 24 |
PRÓXIMOS VENCIMIENTOS DE IMPUESTOS
IMPUESTO | Modelo | Vencimiento |
Declaración de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF e Impuesto sobre Sociedades en relación con rendimientos procedentes de arrendamientos de inmuebles urbanos |
115 |
Hasta el 20 de julio |
Pagos fraccionados a cuenta del IRPF, actividades empresariales y profesionales – 2º Trimestre / 2020 |
130 131 |
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Declaración de retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo – 2º Trimestre / 2020 | 111 | |
Declaración de retenciones sobre rendimientos de capital mobiliario – 2º Trimestre /2019 | 123 | |
Declaración del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) 2º Trimestre/ 2020 |
303 |
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Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias | 349 | |
Declaración Anual del Impuesto de Sociedades correspondiente al ejercicio 2019 |
200 221 |
Hasta el 27 de julio |
Cuentas anuales de Sociedades |
Dentro de los 30 días siguientes a su aprobación |
RENTA EJERCICIO 2019
El plazo de presentación de la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2019, cualquiera que sea su resultado, finaliza el próximo día 30 de junio de 2020, inclusive, sin perjuicio del plazo de domiciliación bancaria de la declaración, que se podrá efectuar hasta el 25 de junio.
Por ello, les solicitamos nos faciliten a la mayor brevedad posible (si aún no lo han hecho), la documentación necesaria para su elaboración.