VACACIONES AÑO 2022

El art. 38 del Estatuto de los Trabajadores establece que el periodo de vacaciones anuales retribuidas, no sustituibles por compensación económica, tendrá una duración mínima de 30 días naturales. Los Convenios Colectivos podrán mejorar este mínimo previsto legalmente o concretar los términos de su disfrute (fijándolas en días hábiles, por ejemplo). Pero hay que tener en cuenta que, el derecho a vacaciones se genera por “jornada trabajada”. Esto supone que el disfrute de la totalidad del período vacacional requiere que el trabajador haya prestado servicios todo el año.

Las empresas están obligadas a confeccionar el calendario de vacaciones con 2 meses de antelación a la fecha de su disfrute, con el fin de que los trabajadores tengan conocimiento de las fechas propuestas por las mismas.

Por tanto, deberán exponer en el tablón de anuncios de cada centro de trabajo, el correspondiente cuadro de vacaciones, debiendo enviarnos una copia del mismo a nuestras oficinas para reflejar en las nóminas las fechas de su disfrute, si lo consideran oportuno.

FESTIVOS DE CONVENIO / MES DE FEBRERO

Los trabajadores que presten sus servicios en las empresas a las que le son de aplicación los siguientes Convenios Colectivos, disfrutarán de descanso, que se computará como de tiempo efectivo de trabajo, abonable y no recuperable.

Convenio Colectivo Días
Construcción de Pontevedra 28 de febrero

PLANES DE IGUALDAD E IGUALDAD RETRIBUTIVA

Les recordamos que según lo dispuesto en el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro, a partir del día 7 de marzo de 2022, todas las empresas con 50 o más trabajadores estarán obligadas a contar con un Plan de Igualdad e implementarlo en su plantilla.

INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL PLAN DE CHOQUE CONTRA LOS ACCIDENTES MORTALES

Desde el pasado mes de enero, por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, se ha puesto en marcha el “Plan de choque contra los accidentes mortales”, que irá principalmente dirigido a los sectores de:

-          Transporte por carretera

-          Servicios de mudanza

-          Construcción

-          Instalaciones eléctricas, fontanería y otras en obras en construcción

-          Pesca

-          Agrario

-          Recogida de residuos

Los planes se irán poniendo en marcha por trimestres, seleccionando desde las CCAA y las direcciones provinciales de Inspección de Trabajo, las empresas a las que dirigirán esta campaña, que serán aquellas que, según los criterios de selección, determinen que tienen más probabilidad de sufrir un accidente mortal.

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