RENTA

La Agencia Tributaria ya ha abierto el plazo para acceder por vía telemática a los datos fiscales y, a partir del próximo 7 de abril se podrá presentar la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) y del patrimonio, correspondientes al ejercicio 2020, vía telemática.

Esta fecha dará inicio tanto a la presentación de borradores como a las declaraciones presentadas, a través de la sede electrónica de la AEAT (www.agenciatributaria.es).

La declaración anual de Renta y Patrimonio del ejercicio 2020 con resultado a devolver, renuncia, negativa y a ingresar sin domiciliación del primer plazo, podrá efectuarse hasta el día 30 de junio del 2021. Aquellas declaraciones de Renta y Patrimonio con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta del primer plazo deberán presentarse hasta el 25 de junio del 2021.

Por cuestiones de organización interna y concurrencia con la cumplimentación y presentación de otras obligaciones tributarias, procederemos, salvo casos excepcionales de urgencia, a la recepción de datos para la confección de las declaraciones de renta a partir del día 2 de mayo del 2021.

RÉGIMEN ESPECIAL TRABAJADORES AUTÓNOMOS / OPCIÓN CAMBIO DE BASES

Los trabajadores por cuenta propia o autónomos, podrán cambiar con carácter voluntario, hasta cuatro veces al año la base por la que viniesen cotizando, eligiendo otra, dentro de los límites que marca la ley para cada ejercicio, siempre que así lo soliciten antes del 1 de abril, 1 de julio, 1 de octubre y 1 de enero del año siguiente, según la solicitud se haya formulado en el trimestre anterior a cada fecha y dentro de los límites establecidos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado vigente.

FESTIVOS DE CONVENIO / ABRIL

Los trabajadores que presten sus servicios en las empresas a las que le son de aplicación los siguientes Convenios Colectivos, disfrutarán de descanso, que se computará como de tiempo efectivo de trabajo, abonable y no recuperable.

Convenio Día
Mármoles y piedras Lunes día 5

SECTOR COMERCIO / APERTURA EN DOMINGO / ABRIL 2021

Vicepresidencia Segunda e Consellería de Economía, Empresa e Innovación, publicó el pasado 13 de octubre de 2020, en el Diario Oficial de Galicia, la Orden de 2 de octubre de 2020, por la que se establecen los domingos y festivos en que se autoriza la apertura de establecimientos comerciales durante el año 2021, pudiendo permanecer abiertos al público el próximo día 1 de abril de 2021.

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