APLAZAMIENTOS DE IMPUESTOS REPERCUTIDOS (IVA)

Según la Instrucción 1/2017, de 18 de enero, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre gestión de aplazamientos y fraccionamientos de pago, se podrán aplazar, sin presentar garantía las deudas inferiores a 30.000 euros, al presumirse que no se han cobrado las cuotas repercutidas. Para las deudas superiores a 30.000 euros, se deberá justificar que corresponde a IVA que no se ha llegado a cobrar y, además, se precisará la aportación de garantía. En el caso de no justificarse que el impuesto no ha sido cobrado, se inadmitirá la solicitud y pasará directamente a vía ejecutiva.

FESTIVO LOCAL

Por parte de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, se publicó el 28 de noviembre de 2019 en el Diario Oficial de Galicia N.º 227, Resolución de 14 de noviembre de 2019, de la Secretaría General de Empleo, por la que se da publicidad a las fiestas laborales de carácter local para el año 2020, correspondientes a los ayuntamientos de las cuatro provincias de la CCAA de Galicia, considerando retribuidos y no recuperables, en las siguientes localidades: A Estrada, Illa de Arousa, Meis, Mondariz, Moraña, O Rosal, Salceda de Caselas, Tomiño, Tui, Vigo y Vilaboa, el día

  • 25 de febrero, Martes de Carnaval

VACACIONES AÑO 2020

El art. 38 del Estatuto de los Trabajadores establece que el periodo de vacaciones anuales retribuidas, no sustituibles por compensación económica, tendrá una duración mínima de 30 días naturales. Los Convenios Colectivos podrán mejorar este mínimo previsto legalmente o concretar los términos de su disfrute (fijándolas en días hábiles, por ejemplo). Pero hay que tener en cuenta que, el derecho a vacaciones se genera por “jornada trabajada”. Esto supone que el disfrute de la totalidad del período vacacional requiere que el trabajador haya prestado servicios todo el año.

Las empresas están obligadas a confeccionar el calendario de vacaciones con 2 meses de antelación a la fecha de su disfrute, con el fin de que los trabajadores tengan conocimiento de las fechas propuestas por las mismas.

Por tanto, deberán exponer en el tablón de anuncios de cada centro de trabajo, el correspondiente cuadro de vacaciones, debiendo enviarnos una copia del mismo a nuestras oficinas para reflejar en las nóminas las fechas de su disfrute, si lo consideran oportuno.

OTRAS PUBLICACIONES DE INTERÉS / SUBVENCIONES

  • ORDEN de 20 de noviembre de 2019, publicada en el DOG de 7 de enero de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa Emprega Discapacidade e Exclusión, de incentivos a la contratación, formación y empleo con apoyo, y se procede a su convocatoria para el año 2020.

Esta Orden tiene por objeto regular las ayudas que favorezcan la contratación de las personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social en la empresa común.

  • ORDEN de 21 de noviembre de 2019, publicada en el DOG de 7 de enero de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de incentivos a la contratación por cuenta ajena de las personas desempleadas paradas de larga duración y se procede a su convocatoria para el año 2020.

Con la finalidad de favorecer el empleo estable y facilitar la inserción laboral de parados y paradas de larga duración, se procede a la convocatoria de los incentivos a su contratación por cuenta ajena para el año 2020.

Las empresas tendrán la posibilidad de obtener ayudas para la contratación indefinida inicial, para la contratación temporal con una duración inicial de 12 meses y para la formación.

  • ORDEN de 20 de noviembre de 2019, publicada en el DOG de 7 de enero de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras del programa Emprega Xuventude de incentivos a la contratación y formación de personas jóvenes, y se procede a su convocatoria para el año 2020.

Esta Orden tiene por objeto fijar las bases reguladoras por las cuales se regirá, en el ámbito de la CCAA de Galicia, la convocatoria de las subvenciones establecidas por la Consellería de Economía, Empleo e Industria para el año 2020, con la finalidad de facilitar la inserción laboral de las personas jóvenes menores de 30 años desempleadas que presentan desventajas y dificultades particulares para permanecer el mercado de trabajo.

Las empresas tendrán la posibilidad de obtener ayudas para la contratación indefinida inicial y la temporal, con una duración mínima inicial de 12 meses, de las personas desempleadas jóvenes menores de 30 años.

  • ORDEN de 20 de noviembre de 2019, publicada en el DOG de 7 de enero de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras del programa Emprega Muller para la contratación por cuenta ajena y la formación de las mujeres desempleadas, y se procede a su convocatoria para el año 2020.

Por medio de esta convocatoria las empresas tendrán la posibilidad de obtener ayudas para la contratación por cuenta ajena y la formación de mujeres desempleadas.

  • Real Decreto-ley 18/2019, de 27 de diciembre, por el que se adoptan determinadas medidas en materia tributaria, catastral y de seguridad social, publicado en el BOE N.º 312, el 28 de diciembre de 2019.
  • Ley 7/2019, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, publicado en el DOG N.º 246, de fecha 27 de diciembre de 2019.

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