SECTOR COMERCIO / APERTURA DOMINGOS Y FESTIVOS

       Los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público los siguientes días:

  • Diciembre de 2018: Domingos días 2, 9, 16, 23 y 30, y el sábado, día 8.
  • Enero de 2019: Domingo día 13.

CALENDARIO LABORAL 2019

El pasado día 20 de octubre, se publicó en el Boletín Oficial del Estado, Resolución de 16 de octubre de 2018, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación fiestas laborales para el año 2019, siendo para la Comunidad Autónoma de Galicia, las que se detallan a continuación:

 

1 de enero

19 de marzo

18 de abril

19 de abril

1 de mayo

17 de mayo

25 de julio

15 de agosto

12 de octubre

1 de noviembre

6 de diciembre

25 de diciembre

Año Nuevo

Día de San José

Jueves Santo

Viernes Santo

Fiesta del Trabajo

Día de las Letras Gallegas

Día Nacional de Galicia / Santiago Apóstol

Asunción de la Virgen

Fiesta Nacional de España (día de la Hispanidad)

Todos los Santos

Día de la Constitución

Natividad del Señor (Navidad)

 

Las fiestas señaladas tendrán el carácter de días inhábiles, retribuidos y no recuperables.

También serán inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, 2 días de fiesta local, que serán determinados por el Delegado de la Consellería de Traballo en cada una de las Provincias de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Pleno de los respectivos Ayuntamientos.

SECTOR COMERCIO / APERTURA EN DOMINGOS Y FESTIVOS

El lunes 15 de octubre de 2018, se publicó en el Diario Oficial de Galicia N.º 196, Orden de 11 de octubre de 2018 por la que se establecen los domingos y festivos en los que se autoriza la apertura de establecimientos comerciales durante el año 2019.

Los domingos y festivos en los que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público durante el año 2019 son:    

Enero Domingo 13
Abril Jueves 18
Junio Domingo 30
Octubre Sábado 12
Noviembre Viernes 1
Diciembre

Domingo 1

Domingo 8

Domingo 15

Domingo 22

Domingo 29

FESTIVOS DE CONVENIO / MES DE NOVIEMBRE

Los trabajadores que presten servicios en las empresas a las que le son de aplicación los siguientes Convenios Colectivos, disfrutarán del día o días de descanso que se detallan a continuación, este día se computará como de tiempo efectivo de trabajo, abonable y no recuperable.

                                                                                                                         

Convenio Día
Almacenistas de madera Viernes, 2 de noviembre
Carpintería, ebanistería y actividades afines Viernes, 2 de noviembre
Construcción - Pontevedra Viernes, 2 de noviembre
Rematantes e serradoiros de madeira Viernes, 2 de noviembre
Mármoles y piedras Viernes, 2 de noviembre

Asimismo, tendrán la consideración de fiestas laborales de carácter local, las que se detallan a continuación:

Localidad Día
Vilaboa Lunes, 12 de noviembre
Forcarei Lunes, 12 de noviembre
Bueu Viernes, 30 de noviembre

2º PLAZO DE PAGO DE LA DECLARACION DEL I.R.P.F. EJERCICIO 2.017

En el caso de haberse fraccionado el pago de la cuota resultante de la Declaración sobre el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2.017, el próximo día 5 de noviembre, vence el plazo para la realización del ingreso correspondiente al segundo plazo (modelo 102).

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