OTRAS CUESTIONES DE INTERÉS

El pasado mes de abril, el Consejo de Ministros, aprobó los planes estratégicos de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social hasta 2020. Según el documento aprobado por el Gobierno las próximas actuaciones de los inspectores de trabajo se van a centrar en la lucha contra el fraude que suponen los falsos autónomos, además de controlar la contratación temporal injustificada, la contratación a tiempo parcial y los contratos formativos. También se tendrá un férreo control sobre las horas de trabajo realizadas.

PROXIMOS VENCIMIENTOS DE IMPUESTOS – HASTA EL 20 DE ABRIL

IMPUESTO Modelo
Pagos fraccionados a cuenta del I.R.P.F., actividades empresariales y profesionales 1T/2018 130 y 131
Declaración de retenciones e ingresos a cuenta del rendimiento del trabajo   1T/2018 111
Declaración de retenciones sobre los rendimientos del capital mobiliario 1T/2018 123
Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio en curso 202
Declaración del Impuesto sobre el Valor Añadido 1T/2018 303
Declaración de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF e Impuesto sobre Sociedades en relación con rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos – 1T/2018

115

Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias 349

Renta 2017

La Agencia Tributaria ya ha abierto el plazo para acceder por vía telemática a los datos fiscales y, a partir del próximo 4 de abril se podrá presentar la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) y del patrimonio, correspondientes al ejercicio 2017, vía telemática.

Esta fecha dará inicio tanto a la presentación de borradores como a las declaraciones presentadas, a través de la sede electrónica de la AEAT ( www.agenciatributaria.es).

La declaración anual de Renta y Patrimonio del ejercicio 2017 con resultado a devolver, renuncia, negativa y a ingresar sin domiciliación del primer plazo, podrá efectuarse hasta el día 2 de julio del 2018. Aquellas declaraciones de Renta y Patrimonio con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta del primer plazo deberán presentarse hasta el 27 de junio del 2018.

Por cuestiones de organización interna y concurrencia con la cumplimentación y presentación de otras obligaciones tributarias, procederemos, salvo casos excepcionales de urgencia, a la recepción de datos para la confección de las declaraciones de renta a partir del día 2 de mayo del 2018.

REGIMEN ESPECIAL TRABAJADORES AUTONOMOS / OPCION CAMBIO DE BASES

Los trabajadores por cuenta propia o autónomos, podrán cambiar con carácter voluntario, hasta cuatro veces al año la base por la que viniesen cotizando, eligiendo otra, dentro de los límites que marca la ley para cada ejercicio, siempre que así lo soliciten antes del 1 de abril, 1 de julio, 1 de octubre y 1 de enero del año siguiente, según la solicitud se haya formulado en el trimestre anterior a cada fecha y dentro de los límites establecidos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado vigente.

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