SECTOR COMERCIO / APERTURA EN DOMINGOS Y FESTIVOS
Los domingos y festivos que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público durante el año 2.018 son:
Enero | Domingo 7 |
Marzo | Jueves 29 |
Julio | Domingo 1 |
Noviembre | Domingo 25 |
Diciembre |
Domingo 2 Sábado 8 Domingo 9 Domingo 16 Domingo 23 Domingo 30 |
2º PLAZO DE PAGO DE LA DECLARACION DEL I.R.P.F. EJERCICIO 2.016
En el caso de haberse fraccionado el pago de la cuota resultante de la Declaración sobre el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2.016, el próximo día 6 de noviembre, vence el plazo para la realización del ingreso correspondiente al segundo plazo (modelo 102).
2º PLAZO DE PAGO DE LA DECLARACION DEL I.R.P.F. EJERCICIO 2.016
PROXIMOS VENCIMIENTOS DE IMPUESTOS
MODELO | IMPUESTO | VENCIMIENTO |
111 | Declaración de retenciones e ingresos a cuenta del rendimiento del trabajo 3T/2017. |
Hasta el 20 de octubre |
115 | Declaración de Retenciones por rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos 3T/2017. | |
123 | Declaración de retenciones sobre los rendimientos del capital mobiliario 3T/2017. | |
130 y 131 | Pagos fraccionados a cuenta del I.R.P.F., actividades empresariales y profesionales 3T/2017. | |
202 |
Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio en curso | |
303 | Declaración trimestral del I.V.A. 3T/2017. | |
349 |
Declaración recapitulativa de operaciones con la Unión Europea 3T/2017. | |
102 | 2º Plazo Declaración del IRPF. Ejercicio 2016 | Hasta el 6 de noviembre |
- | Impuesto sobre Actividades Económicas ( IAE ) | Hasta el 6 de noviembre |
- | Impuesto sobre Bienes Inmuebles ( IBI ) |
AUTONOMOS / SOLICITUD CAMBIO DE BASE COTIZACION 2.018
Le recordamos que el próximo día 31 de octubre, finaliza el plazo para solicitar el cambio de bases de cotización (salvo que tenga concedido el incremento automático), el cual entraría en vigor a partir del próximo día 1 de enero del 2018.
Por ello, y en el supuesto de que estuviese interesado en modificarla, rogamos nos lo indique, al objeto de formalizar la solicitud ante la Dirección Provincial de la Tesorería de la Seguridad Social antes del citado 31 de octubre del 2017.
Aquellos autónomos que estén cotizando por su base máxima (3.751,20), rogamos nos indiquen si prefieren actualizarla al nuevo máximo del año 2.018 (desconocemos hasta el momento su importe), o seguir manteniendo la base actual.