PUBLICACIONES DE INTERÉS
El pasado 4 de mayo de 2018, se publicó en el BOP de Pontevedra N.º 86, las BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS A LA CONTRATACIÓN Y MEJORA DE EMPLEO DE LA JUVENTUD VIGUESA 2018, el objeto es el que se detalla a continuación:
“As presentes bases reguladoras e a convocatoria do programa de ”AXUDAS Á CONTRATACIÓN E MELLORA DO EMPREGO DA MOCIDADE VIGUESA” no marco da actuación municipal para o ano 2018, ten por obxecto servir de estímulo ao empresariado para a contratación dos mozos e mozas do municipio de Vigo, favorecer o emprego estable e facilitar ás persoas novas a súa primeira experiencia laboral que permita mellorar o seu grao de empregabilidade e aprendizaxe na contorna da empresa, a través dos seguintes programas de axudas:
A) Programa de incentivos para a transformación de contratos temporais en indefinidos
(Programa Indefinidos).
B) Programa de incentivos á contratación (Programa Contratacións)”.
RENTA – EJERCICIO 2017
Como continuación a la circular del pasado mes de marzo, les recordamos que el día 4 de abril, se abrió el plazo para la presentación de la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el cual finalizará el próximo 2 de julio. Por ello, solicitamos nos faciliten los datos correspondientes, a la mayor brevedad posible, para proceder a la realización y presentación de esta declaración. Los clientes que hayan realizado ya la renta con nosotros en ejercicios pasados, recibiran una carta en breve, detallando todos los datos que deberán aportar para la confección de la declaración.
FESTIVOS AUTONÓMICOS
La Consellería de Economía, Emprego e Industria, a través del Decreto 86/2017, de 7 de septiembre, publicado en el Diario Oficial de Galicia N.º 175, de 14 de septiembre de 2017, anunció el calendario laboral para el año 2018 en la Comunidad Autónoma de Galicia, considerando retribuido y no recuperable el primero de ellos, no así, el día de las Letras Gallegas, que tendrá el carácter de recuperable, tal y como ya se informó, a través de la circular de octubre de 2017:
- 1 de mayo (martes) / Fiesta del Trabajo
- 17 de mayo (jueves) / Día das Letras Galegas
BOTIQUIN Y MATERIAL DE PRIMEROS AUXILIOS
Los lugares de trabajo tienen que disponer de material para primeros auxilios en caso de accidente, adecuado, en cuanto a su cantidad y características, al número de trabajadores, a los posibles riesgos que puedan estar expuestos y a las facilidades de acceso al centro de asistencia médica más próximo. Igualmente, este material debe adaptarse a las atribuciones profesionales del personal habilitado para su prestación.
Tanto su situación o distribución en el lugar de trabajo como las facilidades para acceder al mismo y, para, en su caso, desplazarlo al lugar del accidente, deben garantizar que la prestación de los primeros auxilios pueda realizarse con la rapidez que requiera el tipo de daño previsible.
Deben disponer de un local de primeros auxilios y otras posibles atenciones sanitarias:
– los lugares de trabajo de más de 50 trabajadores;
– los lugares de trabajo de más de 25 trabajadores para los que así lo determine la autoridad laboral, teniendo en cuenta la peligrosidad de la actividad desarrollada y las posibles dificultades de acceso al centro de asistencia médica más próximo.
Estos locales deben tener, como mínimo, un botiquín, una camilla y una fuente de agua potable. Asimismo, deben estar próximos a los puestos de trabajo y ser de fácil acceso para las camillas.
Tanto el material, como los locales de primeros auxilios deben estar claramente señalizados.
Todo lugar de trabajo debe disponer, como mínimo, de un botiquín portátil que contenga desinfectantes y antisépticos autorizados, gasas estériles, algodón hidrófilo, venda, esparadrapo, apósitos adhesivos, tijeras, pinzas y guantes desechables.
El material de primeros auxilios tiene que ser revisado periódicamente y debe reponerse tan pronto como caduque o sea utilizado.
Por ello, de necesitar botiquín o repuestos agradecemos nos lo comuniquen, con el fin de solicitárselo a su Mutua de Accidentes de Trabajo.