PERIODO DE COBRO DEL IMPUESTO DE VEHICULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA Y DE LA TASA DE RECOGIDA DE BASURAS

El próximo día 3 de abril de 2023, comenzará el periodo voluntario de recaudación del impuesto de vehículos de tracción mecánica, en el Ayuntamiento de Vigo. La finalización del periodo voluntario, será el próximo 5 de junio de 2023.

De otra parte, el período voluntario para el pago de la tasa por la recogida de basura en las viviendas, se iniciará el día 3 de julio de 2023 y finalizará el día 4 de septiembre del 2023.

El comienzo del período voluntario para el pago de exacciones unificadas industriales (Basura industrial) se iniciará el 1 de agosto del 2023 y finalizará el 2 de octubre de 2023.

FESTIVOS

 

FESTIVOS DE CONVENIO

Los trabajadores que presten sus servicios en las empresas a las que le son de aplicación los siguientes Convenios Colectivos, disfrutarán de descanso, que se computará como de tiempo efectivo de trabajo, abonable y no recuperable, los días que se detallan a continuación:

CONVENIO COLECTIVO DÍA
Construcción Pontevedra 27 de marzo

 

 

FESTIVO LOCAL EN VIGO

 

El día 28 de marzo, día en el que se celebra la Reconquista de Vigo, será festivo en Vigo, de conformidad con lo dispuesto en el calendario laboral para el año 2023 en la Comunidad Autónoma de Galicia, elaborado por la Jefatura Territorial da Consellería de Promoción do Emprego e Igualdade para la provincia de Pontevedra, publicado en el Diario Oficial de Galicia el 7 de noviembre de 2022.

Dicha fiesta, tendrá carácter retribuido y no recuperable.

SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL PARA 2023

El pasado 15 de febrero de 2023, se publicó en el Boletín Oficial del Estado, el Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2023

Las nuevas cuantías representan un incremento del 8 % respecto de las previstas en el Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero, por el que se fija el SMI para 2022.

El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 36 €/día o 1.080 €/mes, según que el salario esté fijado por días o meses. El salario anual queda establecido en 15.120 €.

Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata.

Los trabajadores eventuales y temporeros, cuyos servicios a una misma empresa no excedan de 120 días, percibirán 51,15 euros por jornada legal en la actividad, incluyendo la parte proporcional de domingos y festivos, así como de las dos gratificaciones extraordinarias.

Los empleados de hogar que trabajen por horas, en régimen externo, el salario mínimo fijado será de 8,45 € por hora efectivamente trabajada.

El citado real decreto entra en vigor el día 16 de febrero de 2023 y surtirá efectos durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023, debiendo proceder, en consecuencia, al abono del salario mínimo con efectos del día 1 de enero de 2023.

HORARIO DE VERANO

ORDEN PCM/186/2022, DE 11 DE MARZO, POR LA QUE SE PUBLICA EL CALENDARIO DEL PERÍODO DE LA HORA DE VERANO CORRESPONDIENTE A LOS AÑOS 2022 A 2026.

Cambio Horario: Les recordamos que el próximo domingo, día 26 de marzo, a las 2:00 horas de la madrugada, dará comienzo el período de la hora de verano. En ese momento la hora oficial española se adelantará 60 minutos, por lo que ese día tendrá una duración oficial de 23 horas.

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