Programas de Ayudas Empleo
ORDEN de 27 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la promoción y consolidación del empleo autónomo a través del Programa de ayudas a personas trabajadoras autónomas por la contratación indefinida y la formación de personas asalariadas, y se procede a su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento TR349F)
Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta orden las personas trabajadoras autónomas o las personas profesionales con domicilio social y fiscal en Galicia por la primera, segunda y tercera contratación que realicen con carácter indefinido.
Este programa incluye dos tipos de ayudas compatibles entre sí:
- Bono de contratación, por medio del cual se proporcionará una subvención para la contratación indefinida inicial de personas desempleadas.
2. Bono de formación (opcional), por medio del cual se proporcionará una subvención para acciones formativas dirigidas a las personas trabajadoras cuyos contratos se subvencionan por medio de esta orden, al objeto de mejorar sus conocimientos y las habilidades relacionadas con el puesto de trabajo.
El plazo general para la presentación de las solicitudes de las ayudas establecidas en esta orden comenzará el día 24 de enero de 2025 y finalizará el 30 de septiembre de 2025.
ORDEN de 27 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de los programas de ayuda a las personas trabajadoras autónomas, cofinanciadas parcialmente por la Unión Europea en el marco del programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se procede a su convocatoria para el año 2025 (códigos de procedimiento TR341D, TR790A, TR341Q, TR353D y TR341R)
Esta orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras por las cuales se regirá la convocatoria pública de las ayudas a las personas trabajadoras autónomas que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia, para el año 2025:
Programa I: Promoción del Empleo Autónomo de las personas trabajadoras autónomas (TR341D), destinado a apoyar las personas desempleadas que inicien su actividad empresarial como personas trabajadoras autónomas, cofinanciado por la Unión Europea en el marco del Programa FSE+ Galicia 2021-2027.
Programa II: Nueva Oportunidad de las personas trabajadoras autónomas (TR790A), destinado a facilitar la vuelta a la actividad económica de las personas trabajadoras autónomas que no tuvieron éxito en su anterior intento.
Programa III: Bono de las personas trabajadoras autónomas (TR341Q), destinado a apoyar la consolidación de proyectos que superaron los 42 meses de vida, con el objeto de mejorar su competitividad.
Programa IV: Bono Remuda de las personas trabajadoras autónomas (TR353D), destinado a evitar el cierre de negocios por falta de relevo generacional.
Programa V: Ayudas a conciliación de las personas trabajadoras autónomas (TR341R), destinado a apoyar y promover la conciliación de las personas trabajadoras autónomas.
El plazo general para la presentación de las solicitudes de las ayudas establecidas en esta orden comenzará el 24 de enero de 2025 y finalizará el 30 de septiembre de 2025.
ORDEN de 27 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras del Plan Galicia emplea de incentivos a la contratación en la empresa ordinaria, y se procede a su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento TR342C)
Podrán ser personas o entidades beneficiarias de los incentivos previstos en esta orden las personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas que contraten personas trabajadoras por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con los requisitos y condiciones que se establecen en esta orden. También pueden ser beneficiarios de los incentivos los centros especiales de empleo, excepto para hacer contratos con personas con discapacidad, y las empresas de inserción laboral, excepto para hacer contratos con personas en situación o riesgo de exclusión social.
Esta orden tiene por objeto fijar las bases reguladoras y convocar para el año 2025 las ayudas establecidas por la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración que favorezcan la contratación de personas desempleadas en la empresa ordinaria y en entidades sin ánimo de lucro, y que incluye cuatro modalidades de ayuda:
a) Incentivos a la contratación indefinida inicial de personas desempleadas.
b) Incentivos al incremento de jornada de las contrataciones indefinidas, de tiempo parcial a tiempo completo.
c) Incentivos al incremento de la duración anual de los contratos fijos-discontinuos a un mínimo de 9 meses.
d) Ayudas para la adaptación de puestos de trabajo de personas con discapacidad.
El plazo general para la presentación de las solicitudes de las ayudas establecidas en esta orden comenzará el día 31 de enero de 2025 y finalizará el 30 de septiembre de 2025.
¡Feliz Navidad!
En estas fechas tan señaladas, el equipo humano de GEAS ASESORES, les desea unas FELICES FIESTAS, agradeciéndoles un año más, la confianza depositada en sus servicios.
NOVEDADES
CURSO DE FORMACIÓN DE TRABAJADORES / BONIFICACIÓN SEGURIDAD SOCIAL
Les recordamos que este mes de diciembre, finaliza el plazo para efectuar la deducción en los Seguros Sociales de los cursos de Formación Continua que hayan realizado los trabajadores durante este año y que aún estén pendientes de bonificar.
Por ello, si tienen alguna factura pendiente, les rogamos nos la envíen a la mayor brevedad posible, a los meros efectos de reflejar su importe en los Seguros Sociales del mes de diciembre a ingresar en el próximo mes de enero de 2025.
AUTÓNOMOS
El próximo mes de enero, Tesorería a través de su entidad bancaria procederá a efectuar el cargo correspondiente al boletín de cotización del citado mes, con las nuevas bases y tipos. Por ello, solicitamos nos envíen una copia del justificante de pago, para revisar los nuevos importes.
CALENDARIO LABORAL 2025
El próximo mes de enero, procederemos a confeccionar y enviar a las empresas el Calendario Laboral y Cuadro Horario que regirá para el año 2025. Por ello, y salvo que Uds. nos indiquen lo contrario, mantendremos el mismo horario que el del año actual.
CONVENIOS COLECTIVOS / ENTREGAS A CUENTA AÑO 2025
El próximo día 31 de diciembre finaliza la vigencia de gran parte de los Convenios Colectivos en vigor. Por ello, si están interesados en efectuar para el año 2025 entregas a cuenta, rogamos nos lo comuniquen para proceder a su aplicación.
La inflación del IPC en noviembre de 2024 es del 2,4%. De no recibir instrucciones al respecto, mantendremos las mismas condiciones salariales que se venían abonando hasta la fecha.
RETENCIONES E IMPUESTOS
PROXIMOS VENCIMIENTOS DE IMPUESTOS
IMPUESTO | Modelo | Vencimiento |
Pagos fraccionados a cuenta del I.R.P.F., actividades empresariales y profesionales 4T/2024 |
Modelos 130 y 131 |
Hasta el 30 de enero |
Declaración de retenciones e ingresos a cuenta del rendimiento del trabajo 4T/2024 |
Modelo 111 |
Hasta el 20 de enero |
Declaración de retenciones sobre los rendimientos del capital mobiliario 4T/2024 |
Modelo 123 |
Hasta el 20 de enero |
Resumen Anual sobre los rendimientos del capital mobiliario |
193 |
Hasta el 31 de enero |
Declaración anual rendimientos de trabajo personal. Año: 2024 |
Modelo 190 |
Hasta el 31 de enero |
Declaración del Impuesto sobre el Valor Añadido 4T/2024 |
Modelos 303, 309 y 349 |
Hasta el 30 de enero
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Declaración anual del Impuesto sobre el Valor Añadido | Modelo 390 | |
Declaración de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF e Impuesto sobre Sociedades en relación con rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos. |
Modelo 115 |
Hasta el 20 de enero
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Declaración Anual de retenciones e ingresos a cuenta en relación con rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos. |
Modelo 180 |
Hasta el 31 de enero
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Declaración informativa de Entidades en Régimen de Atribución de Rentas | Modelo 184 |
Hasta el 31 de enero
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RETENCIONES A APLICAR A PARTIR DEL 01.01.2025
A continuación, les detallamos un cuadro resumen con los porcentajes de retenciones de ingresos a cuenta, con el objeto de que conozcan esta información, tanto a la hora de emitir facturas a partir de la fecha indicada, como en los pagos a efectuar sujetos a retención:
CONCEPTO | TIPO DE RETENCION |
ARRENDAMIENTOS | 19 % |
PROFESIONALES | 15 % |
CAPITAL MOBILIARIO | 19 % |
ADMINISTRADORES (será el 19 % cuando los rendimientos procedan de Entidades con cifra de negocios inferior a 100.000 euros anuales) |
35 % |