SECTOR COMERCIO / APERTURA DOMINGOS Y FESTIVOS
Los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público los siguientes días:
- Diciembre de 2024: Domingos días 1, 8, 15, 22 y 29, además del viernes día 6.
- Enero de 2025: Domingo día 5.
CALENDARIO LABORAL 2025
El día 18 de octubre de 2024, se publicó en el Boletín Oficial del Estado, Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación fiestas laborales para el año 2025.
Asimismo, el día 24 de julio de 2024, se publicó en el Diario Oficial de Galicia el Decreto 171/2024, de 8 de julio, por el que se determinan las fiestas de la Comunidad Autónoma de Galicia del calendario laboral para el año 2025, que serán las siguientes:
1 de enero 6 de enero 17 de abril 18 de abril 1 de mayo 17 de mayo 25 de julio 15 de agosto 1 de noviembre 6 de diciembre 8 de diciembre 25 de diciembre |
Año Nuevo Epifanía del Señor (Día de Reyes) Jueves Santo Viernes Santo Fiesta del Trabajo Día das Letras Galegas Día Nacional de Galicia / Santiago Apóstol Asunción de la Virgen Todos los Santos Día de la Constitución Española Inmaculada Concepción Natividad del Señor |
Las fiestas señaladas tendrán el carácter obligatorio y no recuperable.
También serán inhábiles para el trabajo, retribuidas y no recuperables, dos fiestas locales, propuestas por el órgano municipal competente de los respectivos ayuntamientos, cuya publicación en el boletín oficial de cada una de las provincias de la comunidad autónoma será determinada por la persona titular de la jefatura territorial da Consellería de Emprego, Comercio e Emigración.
SECTOR COMERCIO / APERTURA EN DOMINGOS Y FESTIVOS
El día 30 de septiembre de 2024, se publicó en el Diario Oficial de Galicia N.º 188, la Orden de 17 de septiembre de 2024 por la que se establecen los domingos y festivos en los que se autoriza la apertura de establecimientos comerciales durante el año 2025.
Los domingos y festivos en los que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público durante el año 2025 son:
Enero |
Domingo 5 Domingo 12 |
Abril | Jueves 17 |
Junio | Domingo 29 |
Noviembre | Domingo 30 |
Diciembre |
Sábado 6 Lunes 8 Domingo 14 Domingo 21 Domingo 28 |
2º PLAZO DE PAGO DE LA DECLARACION DEL I.R.P.F. EJERCICIO 2023
En caso de haber optado por el pago fraccionado de la cuota resultante de la Declaración sobre el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2023, el próximo día 5 de noviembre, vence el plazo para la realización del ingreso correspondiente al segundo plazo (modelo 102).